PARTE DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Con lugar la defensa de fondo referida al punto previo al mérito de la sentencia, opuesto con relación a la falta de cualidad de la parte actora para interponer la demanda, ya que, accionó alegando su condición de concubina, situación ésta que no está demostrada mediante una sentencia definitivamente firme que permitiera evidenciar la existencia de la alegada unión concubinaria. SEGUNDO: Con lugar la defensa de fondo referida al punto previo al mérito de la sentencia, opuesto con respecto a la prescripción de la acción de simulación de venta, ya que desde la fecha en que se efectuó la primera venta a la fecha en que se interpuso la acción judicial había transcurrido más de cinco .....