Decisión
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal Ordinario en funciones de Juicio N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación fiscal presentada por el Ministerio Público al ciudadano JOSE DARIO SANCHEZ RANGEL por los delitos de TRATO CRUEL, previsto en el artículo 254 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y el delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 155 del Código Penal Vigente con el agravante del artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente por haberse perpetrado en la persona de un adolescente en perjuicio del ciudadano DARIO SÁNCHEZ RANGEL.
SEGUNDO: Admite la totalidad de las pruebas presentada por el Ministerio Público por ser útiles, pertinentes y necesarias para el Juicio Oral y Público.
TERCERO: SUSPENDE EL PROCESO por .....