Primero: SIN LUGAR LA DEMANDA que por motivo de COBRO PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES interpuso el ciudadano RAMÓN MARÍA PEREIRA en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO TOVAR DEL ESTADO MÈRIDA, en la persona del ciudadano LIZANDRO MORALES en su condición de Alcalde del Municipio Tovar.
Segundo No hay condenatoria en costas, según lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.