En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del Procedimiento, incoado por la abogada LIVIA GUERRERO, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora ciudadano ALEXANDER ALVAREZ SANCHEZ, en fecha 30 de septiembre de 2022, en los términos contenidos en el mismo y en consecuencia, se ordena archivar el presente expediente, una vez quede firme la presente decisión. Y así se decide.-
Publíquese, regístrese y déjese copia de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.