DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas éste Tribunal Penal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ACUERDA LA ENTREGA del vehículo clase PLACA XLG703, SERIAL DE CARROCERÍA 5C11JJV319405, SERIAL DEL MOTOR 319405, MARCA CHEVROLET, MODELO CHEVETTE 2 PTAS, TIPO COUPE, COLOR BLANCO, CLASE AUTOMÓVIL, USO PARTICULAR, AÑO 1988, al ciudadano DOMINGO ALBERTO CAMPOS MOLINA, en FORMA PLENA, a tenor de lo dispuesto en los artículos 51 y 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 48 del Decreto con Fuerza de Ley de Tránsito y Transporte Terrestre. En consecuencia, por cuanto se observa que el Título de Propiedad así como las placas del vehículo son falsas y de origen ilegal en el país, SE INST.....