este Juzgado De los Municipios Justo Briceño, Julio Cesar Salas y Tulio Febres Cordero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la demanda interpuesta por el ciudadano: MAHMUD ANTONIO ABUL BLANCO, venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.6.444.223, domiciliado en Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Mérida, en contra de la ciudadana: MAIDELIC YULENIS SANTIAGO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.16.990.124, domiciliada en la jurisdicción del Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Mérida, en su condición de arrendataria.
SEGUNDO: Se desestima la resolución del contrato de arrendamiento por no ser procedente. Se ordena que la arrendataria haga entrega material del inmueble arrendado al arrendador.
TERCERO: Se condena a pagar a la arrendataria la cantidad de M.....