Por las consideraciones anteriormente expuestas este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, actuando con funciones de Municipio Ordinario conforme a lo establecido en la Resolución Nº 2013-0006, de fecha 20 de febrero de 2013 dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por el ciudadano VICTOR FERNANDEZ RONDON, asistido por las Abogadas en ejercicio MAGALY PULIDO GUILLEN Y DHAMELIZ MORENO DE PAZ, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 25.409 y 175.162 y reconocida por la ciudadana MARIA YRENE HERNANDEZ DE FERNANDEZ, domiciliada en la Hacie.....