PRIMERO: Se CONFIRMA la sentencia definitiva de fecha 14 de noviembre de 2016, objeto de la consulta legal. En consecuencia, se declara CON LUGAR la solicitud de interdicción de la ciudadana GLADIS JOSEFINA COLLAZO SALINAS, formulada por su hermana ciudadana ALIS DEL CARMEN COLLAZO DE MESA por ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida.
SEGUNDO: Como consecuencia del pronunciamiento anterior, se decreta la INTERDICCIÓN DEFINITIVA de la ciudadana GLADIS JOSEFINA COLLAZO SALINAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 8.009.300, con todas las consecuencias legales que de esta declaratoria se derivan.
TERCERO: Se advierte al a quo que, en relación con la designación del tutor definitivo, deberá proceder conforme a lo previsto en los artículos 309 y 399 del Código Civil; y en lo atinente al registro y publicación de la presente declaratoria definiti.....