Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Municipal en Función Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide; PRIMERO: DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL SEGÚN LO DISPONE EL ART. 49.7 DEL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL Y EN CONSECUENCIA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 300, ORDINAL 3 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida contra de la ciudadana NORAIMA DEL CARMEN BEDOYA RODRIGUEZ , por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 Código Penal, en perjuicio de la ciudadana: Clariber Ospino Matute. SEGUNDO: Notifíquese las partes, si no es posible personalmente, notificar según lo dispone el art. 165 del C.O.P.P., de la presente decisión. TERCERO: Una vez firme la presente deci.....