Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA para la acusada 1.- ROSA DEL CARMEN FERNANDEZ VIVAS, Titular de la Cedula de Identidad N° 18.637.758 y 2.- JOHAN MANUEL MONGES PEREZ, Titular de la cedula de Identidad N° 16.134.038, por el delito de PECULADO DOLOSO, previsto y sancionado en el artículo 54 de Contra La Corrupción, en perjuicio de El Hospital II de el Vigía estado Mérida, PECULADO DOLOSO PROPIO EN GRADO DE COMPLICE NO NECESARIO, previsto y sancionado en el artículo 54 de Contra La Corrupción en concordancia con el articulo 83 del Codigo Penal EL CAMBIO DE MEDIDA DE PRESENTACIONES PERIODICAS, POR LA DE LA OBLIGACION DE PRESENTARSE ANTE LA AUTORIDAD JUDICIAL LAS VECES QUE SEA REQUERIDO, prevista en el artículo 242 numeral 9 del .....