Por las razones precedentemente expuestas este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 5, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, haciendo uso de la facultad que le confiere el segundo aparte del artículo 296 del Copp., ordena al ciudadano RICHARD ALEXANDER ARAUJO DELFÍN, el cual pretende querellarse, presentar dentro del plazo de tres (3) días contados a partir de su notificación, el documento que contiene el Registro de Comercio de la empresa GRUPO DISARA VALERA C.A. Sucursal Mérida, la cual representa, dando cumplimiento a lo establecido en el ordinal 1° del artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese la presente decisión al Querellante y su apoderado. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL N° 5,
ABG. Alida Morella Torcatti Berroterán.
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