Se apertura el presente acto cediéndole el derecho de palabra al Ciudadano Abg. Miguel Alberto Corredor, antes identificado Apoderado Judicial de la parte actora, quien señala el bien embargado, el cual esta constituido por las características descritas en Acta, además de ello dejo constancia expresa que el avaluador, al hacer la valuación respectiva si esta, no cubre en su totalidad con la deuda se embargaran otros bienes que pertenezcan al demandado. Acoto de que del bien señalado a embargar se haga un inventario de los bienes muebles que estén dentro del local que puedan representar desde el punto de vista pecuniario una parte del pago de la deuda que contrajo el Ciudadano deudor Rafael Arcángel Paredes Briceño antes identificado, finalmente que se nombre los Auxiliares de Justicia que fueren necesarios. Es todo. Inmediatamente, el Tribunal le cede el derecho de palabra al Ciudadano Demandado: Rafael Paredes quien expone: Me comprometo a cancelar la deuda pendiente es tod.....