DECISION
En tal virtud, vista la manifestación expresa y precisa realizada por los ciudadanos GLENDA MARIA MORALES DE LEON y CESAR AUGUSTO LEON BARON, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cédula de Identidad Nº V-3.939.193, domiciliado en Calle 3, casa Nº 5-69 del Municipio Zea del Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, con sede en la ciudad de Tovar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA LA PARTICIÓN DE LOS BIENES CONYUGALES habida entre ellos, según la cual se hacen recíproca y mutua adjudicación de los bienes adquiridos durante su unión, de la siguiente forma: PRIMERO: Se adjudica en plena propiedad el cien por ciento (100%) del bien inmueb.....