PRIMERO: INADMISIBLE la demanda incoada por PARTICIÓN DE BIENES, interpuesta por la ciudadana BELKIS COROMOTO MORA RAMIREZ, actuando en su propio nombre y en representación, en contra de los ciudadanos FANY DEL CARMEN BRICEÑO RANGEL y PEDRO ANTONIO RANGEL SANCHEZ.
SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo no hay especial pronunciamiento sobre costas.
TERCERO: Por cuanto la parte actora se encuentra a derecho no se requiere su notificación.
CUARTO: Publíquese la presente decisión en el portal Web del Tribunal Supremo de Justicia.