Por Decisión N° 004/08 de esta misma fecha, este Tribunal haciendo uso de las atribuciones y competencia conferidas en el parágrafo único del artículo 5 de la Ley Sobre el Delito de Contrabando, DECRETA EL COMISO y POR CONSIGUIENTE DESTRUCCIÓN DE LA MERCANCÍA INCAUTADA y RELACIONADA CON LA INVESTIGACIÓN Número 14-F7-0619-05 LLEVADA POR LA FISCALÍA SÉPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO, y que se encuentra descrita en el Informe Técnico Número SNAT/INA/GAPME/DO/06-369, de fecha 17 de Diciembre de 2006. Se hace saber que el Servicio Nacional de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), procederá a efectuar la destrucción e incineración en acto público, de la mercancía, conforme lo establece el artículo 11 de la Ley Sobre el Delito de Contrabando. En consecuencia remítase la presente Autorización a la referida Fiscalía del Ministerio Público a los efectos de que continúe con el Procedimiento de Destrucción de la Mercancía.-