Se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la oposición a la partición de los inmuebles cuya ubica¬ción y linderos se indicaron anterior¬mente en este fallo, formulada en la contestación de la deman¬da, por el ciudadano JOSE NEPTALI MARQUEZ MARQUEZ, asistido por el abogado LUIS ALFONSO GARCIA, parte demandada en la presente causa; Se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de partición y liquidación de bienes, propuesta por la ciudadana CARMEN EDICTA MARQUEZ, contra el ciudadano JOSE NEPTALÍ MARQUEZ MARQUEZ, de los de los inmuebles descritos en el libelo de la demanda a excepción de los descritos en los ordinales 1 y 2 en su parte baja, 6 y 7; En virtud del pronunciamiento anterior, y por cuanto la demanda está apoyada en instrumento fehaciente que acredita la existencia de los inmuebles que conforman la Sociedad Conyugal entre los ciudadanos NEPTALI MARQUEZ MARQUEZ y CARMEN EDICTA MARQUEZ, el cual fue producido con el libelo de la demanda, de conformidad con el artículo 778 del Código de Pr.....