PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en consecuencia ténganse como los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante MAURO JULIO VARELA REY,
quien en vida era venezolano, mayor de edad, casado, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-669.477, cuyo último domicilio fue en el Sector La Otra Banda casa S/N Parroquia Chiguará Municipio Sucre del Estado Mérida, quien falleció el día doce (12) de Abril de 2013, según Registro de Defunción Nº 11, correspondiente al Año 2013, emanada del Registro Civil de la Parroquia Chiguará del Municipio Sucre del Estado Mérida, a la ciudadana ELDA DE LAS MERCEDES (VIUDA) DE VARELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.275.891, de estado civil viuda, domiciliada en El Sector La Otra Banda casa S/N de la Parroquia Chiguará Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Mérida y civilmente hábil, en su condición de cónyuge del causante de marras; a los ciudadanos RAMONA .....