"...este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República Bolivaria de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Concluida la Fase Declarativa en el presente proceso y fija de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley de Abogados, el quinto (5) día de despacho siguiente a la última notificación que de las partes se haga, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), para proceder a nombrar a los Jueces Retasadores, con la expresa advertencia que deben presentar en dicho acto la constancia aceptando el cargo de Jueces Retasadores. Así se declara".