este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano: JOSE DE LOS ANGELES GUERRERO RUIZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 16.908.038, domiciliado en la Calle 1 Nº 3-92, Sector El Añil, Parroquia Tovar, Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida. En consecuencia, se nombra Tutora Interina a la ciudadana MARIBEL DEL CARMEN GUERRERO RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.013.530, domiciliada en la cale 1 Nº 3-92, Sector El Añil, Parroquia Tovar, Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida, en su carácter de hermana del entredicho.