CAPÍTULO V
DECISIÓN
En vista de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio 185, en aplicación de la sentencia Nroº 1.070 de fechas 09/12/2016, emanada de la Sala de Casación Civil, interpuesta por la ciudadana Liliana Andreina Borrero Higuera, plenamente identificada en autos, y en consecuencia, se declara: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos Liliana Andreina Borrero Higuera y José Ramón Solano Larez, que los unía y que contrajeron por ante el Registro Civil de La Parroquia Lasso de La Vega del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha 15 de Diciembre de 2.001, según acta Nº 54;. Así se decide.
Publíquese, regístrese, comuníquese notifíquese y déjese copia certificada de.....