Agréguense a los autos los escritos de promoción de pruebas presentados por las partes, ante la Secretaría de este Juzgado en el lapso previsto en el artículo 396 de la citada norma adjetiva; los cuales fueron consignados en fecha 02 de febrero de 2017, por el abogado en ejercicio, CARLOS E. PACHECO CALDERÓN, en su condición de co-apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano: BRAULIO JOSÉ FERNÁNDEZ JIMÉNEZ, constante de tres [03] folios, en cinco [05] anexos en veintiséis [26] folios; y, en fecha 06 de febrero de 2017, por el ciudadano JOSSMAR GONZÁLEZ MORENO, en su condición de parte demandada, asistido por la abogada en ejercicio ISABEL TERESA RIVAS DE RIDELIS, constante de un [01] folio, en dos [02] anexos en dos [02] folios. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA,
Abg. MILAGROS FUENMAYOR GALLO
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. SULAY QUINTERO QUINTER.....