DISPOSITIVA
En base de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 471 numeral 1, 474 y 488 del Código Orgánico Procesal Penal, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara que el ciudadano LUIS DANIEL VILLA SUAREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-20.141.968,tiene a la presente fecha un total de TRES (03) AÑOS,DOS (02) MESES Y DIECIOCHO (18) DÍAS DE PRESIDIO, y por cuanto el penado debe cumplir una pena de: de CINCO (05) AÑOS, DOS (02) MESES y VEINTE (20) DIAS DE PRESIDIO(por acumulación de causas), le falta por cumplir la pena de dos (02) años y dos (02) días, que finaliza el día 09/02/2026. Así se declara.
SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 474 del Códig.....