Este Tribunal, el mismo procede a otorgar el SOBRESEIMIENTO en la presente causa a favor del ciudadano CARLOS ALEXIS LUNA MORA, venezolano, de 24 años de edad, albañil, soltero, titular de la cedula de identidad numero V-14.762.610, nacido en fecha 23-03-79, hijo de Miguelina Mora (V) Y Félix Luna (f), residenciado en el Barrio La Playita, calle principal, casa S/N diagonal a la carpintería de la entrada principal El Vigía Estado Mérida, de conformidad con lo establecido en el artículo 48, ordinal 7 y 318, numeral 3, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, extinguiéndose la acción penal a su favor. De conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal quedan las partes presentes notificadas de la presente decisión. Una vez que transcurra el lapso legal de apelación, se acuerda enviar la presente causa al Archivo Judicial para su guarda y custodia, Se fundamenta la misma en los artículos anterirormente señaladosEs todo, terminó, se leyó lo escr.....