UNICO
Se declara Sin Lugar la prorroga de quince (15) días para formular ACUSACIÓN respectiva en la causa Penal asignada bajo el N° 14F3-P.A.F.100-05, de la nomenclatura particular de este despacho N° LP01-P-2005-010834, en la cual se le decretó MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD, en fecha 26 de diciembre del año 2005, a los imputados RAFAEL RANGEL CARRILLO MARIN y URIANH EMERSON CUEVAS VILLAREAL, por los delitos de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 458 en armonía con el artículo 83 del Código Penal ambos ciudadanos y la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 277 del Código Penal Venezolano Vigente, para el ciudadano URIANH EMERSON CUEVAS VILLAREAL, en perjuicio de los ciudadanos DALBARE SANCHEZ SARMIENTO, SANTIAGO CAMACHO EFREN Y AMADO HERNAN JESUS MORA, solicitado por la fiscalía Tercera del Ministerio Público, al Tribunal de Control N° 04, en fecha 18 de enero del 2006, por ser totalmente inmotivada la misma, t.....