Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA IMPROCEDENCIA IN LIMINE DE LA SOLICITUD INTERPUESTA por la ciudadana LUISA ELISABETH ESCALANTE BRICEÑO, venezolana, titular de la cédula de identidad No. 8.021.170, en contra de la CORPORACIÓN DE SALUD DEL ESTADO MÉRIDA, representada por su Director Dr. Denis Gómez y del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD, representada por la Dra. Luisana Melo, por ACCIÓN INNOMINADA DE OTORGAMIENTO DE CARGO FIJO DE ASEADORA, a los fines de ser incluida en la nómina de fijos del Ministerio del Poder Popular para la Salud, en condición de Titular. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.