Sobre la base de los razonamientos fácticos y jurídicos que se dejaron expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, con sede en la ciudad de Tovar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en sede civil, HOMOLOGA y da por consumado el desistimiento de la acción por intimación propuesta en fecha 10/05/2023, por el ciudadano LUIS EMIRO ZERPA MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.699.980, domiciliado en el edificio Sánchez, piso 1, oficina 1, situado en la carrera 02, sector El Añil, parroquia Tovar, municipio Tovar del estado Bolivariano de Mérida, en consecuencia, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. CUMPLASE.-