Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de MONICA ANDREINA MONTIEL ACOSTA, venezolana, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.214.565, natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacida en fecha 04-01-1990, soltera, estudiante, residenciada en La Blanca, Calle 6, Carretera Panamericana, Casa Nº 0-20, El Vigía, Estado Mérida; por la comisión del delito de DIFAMACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal; en perjuicio de la adolescente MARIANA DEL CARMEN RONDÓN MONCADA; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente Decisión. Una vez qu.....