Se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 18 de febrero de 2015, por el apoderado judicial de la parte actora, ciudadana ARMINDA DEL CARMEN CALDERÓN ESCALONA, abogado PEDRO LÓPEZ contra la sentencia definitiva de fecha 17 de febrero de 2016, proferida por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en el juicio de retracto legal arrendaticio y preferencia ofertiva seguido por la apelante contra los ciudadanos BÁRBARA ESTER ESCALONA, MAURICIO BARRIA y JACKEIBY TERÁN. Se declaró INADMISIBLE por falta de legitimación activa, la demanda de retracto legal arrendaticio y preferencia ofertiva propuesto en fecha 18 de mayo de 2015, por la ciudadana ARMINDA DEL CARMEN CALDERÓN ESCALONA en contra de los ciudadanos BÁRBARA ESTER ESCALONA, MAURICIO BARRIA y JACKEIBY TERÁN, En consecuencia, se REVOCÓ la sentencia definitiva apelada.