por consiguiente este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, DECLARA: RECONOCIDO, el documento privado de fecha quince (15) de enero de dos mil veinticinco (2025), que corre inserto en el folio seis (6) con su respectivo vuelto, de conformidad con lo previsto en el artículo 263, 363 y 389 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO, en consecuencia, se le imparte el carácter de Sentencia pasada en Autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio. Así mismo se ordena el archivo del presente expediente y su posterior envió al Archivo Judicial del estado Bolivariano de Mérida. Cúmplase.-
JUEZA PROVISORIA
ABG. JOSLEDY ALICIA UZCÁTEGUI UZCÁTEGUI
SECRETARIA TITULAR
ABG. MARÍA YULEIDY PINO MÁRQUEZ
En la misma fecha se publicó la an.....