DECISION
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Constitución y sus Leyes, declara:
PRIMERO: De conformidad lo establecido en el artículo 396 del Código Civil, DECRETA LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la ciudadana YOLANDA MERCADO VIUDA DE PERNIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-1.808.301, domiciliada en Ejido estado Bolivariano de Mérida, a partir del día de hoy, se designa como TUTOR INTERINO, a la ciudadana YANIRE MELANI PERNIA DE MARQUINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.911.833, domiciliada en Mérida del estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábil, quien deberá comparecer por ante el Tribunal en el QUINTO DIA DE DESPACHO siguiente al de hoy, A LAS ONCE DE LA.....