este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY: Conforme a lo establecido en el artículo 119 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, AUTORIZA EL PROCEDIMIENTO DE DESTRUCCION DE LAS SUSTANCIAS ILÍCITAS INCAUTADAS EN EL PROCEDIMIENTO QUE CURSA EN LA CAUSA N° LL11-P-2002-000064, y que se encuentran descritas en el Dictamen Pericial Químico N° CO-LC-LR-1-DQ-98.698, de fecha 08 de Octubre de 1.998, suscrito por los Expertos AURA BENILDE SARMIENTO GONZÁLEZ y EDUARDO ALFONSO NÚÑEZ MARTÍNEZ, adscritos al Departamento de Química del Laboratorio Regional N° 01, Comando de Operaciones de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela; Experticia en la que se refleja que las sustancias incautadas resultó ser: CLORHIDRATO COCAINA. Este Tribunal de .....