Se declara la aprehensión en flagrancia en contra de los imputados 1.-ANTONY GERARDO MANZANILLA OLIVA, 2.- PABLO RAMON HERNANDEZ OLIVA (morocho),ANTONIO GERARDO MANZANILLA OLIVA (morocho), venezolano, de 28 años de edad, natural de Tucani Estado Mérida, nacido en fecha de nacimiento 18-10-1981, titular de la cedula de identidad Nº V- 21.265.853, soltero, grado de instrucción quinto grado de educación básica, de oficio agricultor, hijo de Maria Marcolina Oliva (v) y desconoce el nombre de su padre, domiciliado en el Sector Capiu los Rosales, en el cerro casa s/n, Caja Seca Estado Zulia, teléfono 0426-9702860 perteneciente a mi hermana Angerly Oliva; por la presunta comisión de los delitos de Acoso u hostigamiento y Amenaza previstos y sancionado en los artículos 40 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre y de Violencia, en perjuicio de la ciudadana TRICIA LETH OCHOA MORINELIS. Se acordaron medidas de protección a la víctima y la medida cautelar.
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