Por las consideraciones que anteceden este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Constitución y sus Leyes declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Inquisición de Paternidad, intentada por los ciudadanos CARLOS LUIS ARANGUREN y ROSA ELENA ARANGUREN, asistidos por el Abogado en ejercicio AZARIAS DE JESUS CARRERO VIELMA, contra la ciudadana LUZ MARINA SUAREZ ARANGUREN, de conformidad con los establecido en el articulo 214 del Código Civil en concordancia con el Articulo 362 del Código de Procedimiento Civil, y acogiendo criterio pacifico de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con Ponencia del Magistrado Tulio Álvarez Ledo, en Sentencia de fecha 30 de septiembre de 2004, en el Exp. N° AA20-C-2003-000799. Y ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento,.....