DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la FIJACION DEL QUANTUM DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION y BONOS ESPECIALES VIA SUBSIDIARIA a favor de la ciudadana niña OMITIR NOMBRE, actualmente de dos años de edad, incoada por la ciudadana LISBETH CHIQUINQUIRA VIERA GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.100.147, domiciliada en Mérida Estado Mérida, contra los ciudadanos JOSE ANTONIO GARCIA ARAQUE y NICOLINA GUILLEN DE GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V- 3.961.756 y V-5.508.171, domiciliados en Mérida Estado Mérida. SEGUNDO: Se exhorta a la ciudadana LISBETH CHIQUINQUIRA VIERA GUTIERREZ, identificada en autos, en su carácter de progenitora y representante legal de la ciudadana niña OMITIR NOMBRE, a realizar todas las diligencias pertinentes y necesarias a los fines de salvaguardar los intereses patrimoniales de su hija. TERCERO: Se deja sin efecto la Medida Preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada po.....