Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, ciudadana EDDY NAIRIBETH MONTOYA DELUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.395.248, civilmente hábil, domiciliada en Tucaní, del Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del Estado Bolivariano de Mérida, debidamente asistida por la abogada YORLEDY JUSLEY ZERPA FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.963.252, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 160.336, en su condición de Defensor Público Auxiliar de la Defensoría Pública Primera (1°) con competencia en Materia Laboral, adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Pública del Estado Bolivariano de Mér.....