ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 03, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, en la presente causa a favor de PERSONA DESCONOCIDA en perjuicio de JOSE BENIGNO MENDEZ SALAS, venezolano titular de la cédula de identidad N° 3.000.780, residenciado en el Barrio Primero de Mayo, Avenida dos Miranda, casa N° 277, El Vigía Estado Mérida. De conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3º, del Código Orgánico Procesal Penal. Se fundamenta la presente decisión en los artículos 3l8, ordinal 3º y 48, ordinal 8o, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, 108 ordinal 4º del Código Penal Venezolano y 110 ejusdem. Y así se decide. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Y a la Victima. Una vez que se encuentre firme la presente decisión, se acuerda remitir la misma al Archivo Judicial. PUBLIQUESE Y .....