PRIMERO: Se HOMOLOGA la transacción celebrada entre el el abogado MIGUEL ANTONIO CÁRDENAS, apoderado judicial de la de parte demandada, ciudadano OSCAR ISMAEL EL BONNEY WEJBE, y el ciudadano JUAN REINALDO SÁNCHEZ SALCEDO, en su condición de parte demandante, asistido por su apoderado judicial, abogado PABLO DE JESÚS VALERO QUINTERO, presentada mediante diligencia en fecha 24 de mayo de 2016 (folio 155), y, en consecuencia, le imparte a dicho acto de composición procesal el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y se advierte que una vez quede firme el presente fallo, se declarará terminada la causa y se ordenará su remisión al tribunal de la causa.
SEGUNDO: Conforme a lo pactado por las partes intervinientes en la transacción sub lite, no se hace especial pronunciamiento sobre las costas, a tenor de lo dispuesto en el artículo 277 del Código de Procedimiento Civil.