Se declaró SIN LUGAR la oposición a la ejecución de la sentencia dictada en el procedimiento, formulada en fecha 28 de febrero de 2005, por el ejecutado EDWIN EDUARDO URBINA, con fundamento en el ordinal 2º del artículo 532 del Código de Procedimiento Civil. Se ordenó al Juez a cargo del Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, dar inmediato y estricto cumplimiento a la sentencia de amparo constitucional dictada por el entonces Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la misma Circunscripción Judicial el 03 de agosto de 2004, la cual fue confirmada, en vía de consulta legal, por el antes denominado Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de esta Circunscripción Judicial, en fallo del 18 de octubre de 2004. Se advierte que, en caso de desacato, el Tribunal de la causa deberá remitir copia de las actas conducentes al ciudadano.....