DISPOSITIVA
De conformidad con el artículo 617, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y sentencia de la sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 27-11-2001, ponente Dr .Iván Rincón Urdaneta, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio No. 01 de la sección Penal de Adolescente, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: declarar en rebeldía y se ordena la ubicación, otorgando cinco (05) días, vencido dicho lapso y no se ha ubicado el adolescente se ordenará la captura, en virtud de los razonamientos antes señalados a los fines de la realización del juicio y la continuación del proceso. Líbrese orden de captura. Notifíquese a la fiscal 12ma del Ministerio Público, siendo que la presente decisión es pronunciada dentro del lapso legal. Diarícese, regístrese, Certifíquese y Cúmplase.
LA JUEZA PROFESIONAL EN FUNCIONES DE JUICIO Nº. 01.
MIRNA EGLE MARQU.....