HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el mencionado acuerdo suscrito por los ciudadanos RICARDO ANTONIO ESPINOZA CADENAS y MRLEY DEL VALLE RONDON ARAQUE, ut supra identificados, el cual quedo establecido en los siguientes términos: La madre manifiesta que la niña actualmente vive en el hogar de la abuela materna junto con ella, viven en la Urbanización Carabobo, Sector Justo Briceño, donde han ocurrido hechos que han consternado a la familia en lo que va de año han asesinado dos familiares y uno que se está debatiendo entre la vida y la muerte en el IHULA, y por posterior denuncia de estos hechos siento miedo por la seguridad de la niña, razón por la cual de manera voluntaria cede la custodia de su hija a su padre, hasta que la niña culmine el año escolar 2011-2012, es decir el cuarto grado de educación básica y considerará la posibilidad de restituir la custodia de su hija. Es todo. Presente el padre manifiesta estar de acuerdo y acepta la responsabilidad de custodia de su hija,.....