El Tribunal ADMITE la presente solicitud por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, en consecuencia, se acuerda emplazar a la ciudadana ANA DOLORES RUJANO DE CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.902.142, domiciliada en el Municipio Guaraque, Parroquia Rio Negro, vía principal, entrada al pueblo, casa sin número, frente a una casa tipo Petrocasa del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, a los fines de que comparezca ante este Tribunal en el TERCER DÍA DE DESPACHO siguiente a aquel en que conste en autos su citación a exponer lo que a bien tenga con relación a lo solicitado por su cónyuge y con vista de lo cual se resolverá lo conducente, siempre y cuando conste en autos la notificación del FISCAL DE FAMILIA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, a quien se ordena notificar mediante boleta anexándole copia certificada.....