ESTE TRIBUNAL DE CONTROL N° 05 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA DE OFICIO: PRIMERO: NULIDAD ABSOLUTA de la acusación fiscal y por ende la fijación de la Audiencia Preliminar (Fase Intermedia). Así mismo se deja sin efecto, la orden de aprehensión acordada por esta instancia, en el presente Asunto: LP11-P-2007-000707, investigación Fiscal N° 14F17-0232-07, en fecha 16 de abril de 2008, en contra del imputado REINALDO BECERRA GÓMEZ; de acuerdo con lo establecido en los artículos 190, 191, 195 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo que se acuerda oficiar a los Organismos de Seguridad con la finalidad de que dejen sin efecto la Orden de Aprehensión que pesa sobre dicho imputado. Todo de conformidad con los artículos 26 y 49 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículos 125 numerales 1 y 5, 130 y 131 del Código Orgánico Proce.....