Por cuanto se recibió en este Tribunal, copia certificada del Certificado de defunción del penado JULIO CESAR ROJAS MÁRQUEZ, cédula de Identidad N° V.- 19.996.100, quién se encontraba procesado por ante este Tribunal por el delito de Violación, quién falleció en fecha 16-09-2011 , en Ejido Estado Mérida, a consecuencia de herida por arma de fuego, Schock Hipovolemico Hemorragia Interna. Este Tribunal en Funciones de Ejecución N° 2, del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en los artículos 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 103 del Código Penal, DECLARA EXTINGUIDA LA PENA que le faltaba por cumplir al penado, JULIO CESAR ROJAS MÁRQUEZ, (occiso), antes identificado, Notifíquese a las partes. . CÚMPLASE.