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DISPOSITIVO
Por las consideraciones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar el recurso de apelación formulado por el ciudadano Víctor Segundo Méndez Ramírez, actuando en nombre y representación propia, en contra la decisión proferida por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 1 de agosto de 2019, donde se declara: Inadmisible el RECURSO DE NULIDAD contra el ACTO ADMINISTRATIVO emanado de la Gobernación del Estado Bolivariano de Mérida. Al verificarse que se encuentra caduca la acción conforme al numeral 1 del artículo 35 en concordancia con el artículo 32 de la Ley Orgánica de Jurisdicción Contencioso Administrativa.
SEGUNDO: Se Confirma la decisión recurrida que declara:
PRIMER.....