Este Tribunal actuando como comitente en fecha 20 de julio de 2022, recibió y agregó la comisión al cuaderno de medida cautelar, y es desde allí donde comienza a correr el lapso del emplazamiento para contestar la demanda u oponer cuestiones previas.
Conforme a lo anterior, en los casos en los cuales la citación haya sido practicada por un tribunal comisionado, el término de comparecencia, comenzará a contarse a partir del día siguiente del recibo de la comisión en el Tribunal de la causa.
Así pues, visto que el 20 de Julio de 2022, fueron agregadas al cuaderno de medidas las resultas de tal medida, y siendo un tribunal comisionado en el que se produjo la citación tácita, en virtud de la medida de secuestro comisionada a éste, no cabe duda alguna que el término de comparecencia del demandado comenzó a contarse a partir del día siguiente del recibo de la comisión en este Tribunal es decir, el 20 de julio de 2022.
De modo que, conforme a todo lo antes expuesto y en atención al cómput.....