DISPOSITIVO
Por las consideraciones de hecho y derecho expuestas en los acápites anteriores, este TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: En el fondo del juicio de nulidad se declara: SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Coca Cola Femsa De Venezuela, S.A, representada por el Abogado Álvaro Sandia, con el carácter de co-apoderado judicial, por ser el Auto de fecha 3 de noviembre de 2014, una actuación de mero trámite y no una Providencia Administrativa definitiva.
TERCERO: Se ordena notificar de la publicación de la presente decisión, al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, Fiscalía General de la República, a la empresa "Coca Cola Femsa De Venezuela, S.A" (demandante); a la Inspectoría del Trabajo del Estado Bo.....