JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA. Mérida, 7 de noviembre de 2017.
207º y 158º
Visto el escrito de transacción de fecha 7 de noviembre de 2017, suscrito por el abogado AZARIAS DE JESUS CARRERO VIELMA, parte actora, por la otra parte el ciudadano HENRY DE JESUS RIVAS GALVIS, parte DEMANDADA, asistido por el abogado LEONEL JOSE ALTUVE LOBO, mediante el cual celebran una transacción que pone fin al juicio y solicitan se homologue la misma Y se ordene el archivo del expediente. En consecuencia, el Tribunal de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, homologa dicha transacción, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa, da por terminado el juicio pero no ordena el archivo del expediente hasta que no conste de autos el total cumplimiento de la obligación. Y así se decide.
LA JUEZ PROVISORIA,
ABG. EGLIS MARIELA GASPERI VARELA.....