Por los motivos anteriormente señalados y en virtud de las disposiciones legales precitadas, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de La Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de a Ley declara:
PRIMERO: Sin lugar la demanda, propuesta por la ciudadana EILEN YUBISLAY DUGARTE LOBO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.500.098, domiciliada en el Arenal la Joya, sector La Loma Redonda, casa s/n , parroquia Arias, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, contra el ciudadano GIRMES ANTONIO DIAZ BARON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.898.324, domiciliado en Caño Seco Sector Las Delicias, casa N° 43-3, Parroquia Pulido Méndez, Municipio Alberto .....