PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación formulado mediante diligencia de fecha 16 de mayo de 2025 (f. 197), por la abogado BETTY JOSEFINA RONDÓN en su carácter de co-apoderada judicial de la EMPRESA MERCANTIL DEPORTES MÉRIDA STORE C.A. en su condición de parte demandada, contra la Aclaratoria al extenso por escrito del fallo, en fecha 12 de mayo de 2025, distadas por el TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en el juicio seguido por MARÍA ANTONIA ANAYA DE RAMOS, por desalojo por vencimiento de prorroga legal, por desalojo de local comercial, mediante la cual, declaró con lugar la demanda intentada y ordenó la entrega del inmueble. SEGUNDO: Se CONFIRMA, con diferente motiva el fallo dictado el 02 de mayo de 2.025 (fs. 175 al 182), y su respectiva aclaratoria de fecha 12 de mayo de 2025 (fs. 188 al 192). proferida por el TRIBUNAL QUINTO DE MU.....