Este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, de acuerdo a lo previsto en el artículo 63 de la Ley de Régimen Penitenciario en armonía con lo establecido en los artículos 26, 49, 253, 272 y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, OTORGA, la salida transitoria durante los días 23 y 30, los que se harán efectivos, saliendo el día 23 de diciembre de 2005, a partir de las 6:00 de la tarde, con regreso el día 25 de diciembre de 2005, a las 5:00 de la tarde, luego el día 30 de diciembre de 2005, a partir de las 5:00 de la tarde, con regreso al 02 de Enero de 2006, a las 5:00 de la tarde, al Centro de Tratamiento Comunitario Lic. Piedad Leonor Rodríguez. La salida transitoria otorgada se hará efectiva, siempre que el penado JUAN ANTONIO GUILLEN GUILLEN, previamente haya firm.....